Devolución del IVA

Como empresa o como autónomo estás en la obligación de liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido IVA, a través del modelo 303. Dentro de este instrumento fiscal declaras el IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido) con la deducción del IVA que has pagado dentro del marco de tus actividades comerciales (IVA soportado).

El resultado de esta autoliquidación te indicará el importe que debes pagar a Hacienda o el monto que tienes a tu favor. En este último caso puedes utilizar el monto para compensar o, simplemente, solicitar la devolución del IVA.

¿Qué pasa cuando la autoliquidación del IVA es negativa?

Si hacemos un resumen, la liquidación del IVA, mediante el modelo 303, se basa en la siguiente operación:

Liquidación IVA = IVA repercutido (devengado) – IVA soportado (deducciones)

Siendo posible los siguientes resultados:

  • Si el resultado es positivo, la autoliquidación muestra el monto a pagar a Hacienda.
  • Si el resultado es negativo, la autoliquidación está reflejando un saldo a tu favor. Se produce cuando el IVA soportado es mayor al IVA repercutido. En este caso tienes dos opciones:
    • Compensar o “a compensar”. Puedes utilizar este monto a tu favor para compensar los futuros pagos a Hacienda por IVA. De este modo, a la próxima declaración puedes restar esta cifra y pagar menos.
    • Solicitar devolución o “a devolver”. Significa que puedes solicitar a Hacienda la devolución, pero solo dentro de los plazos y bajo las condiciones establecidas.

¿Cuándo y cómo solicitar la devolución del IVA?

La declaración del IVA se realiza trimestralmente, es decir que son 4 los períodos en los que debes presentar el modelo 303:

  • 1er. trimestre. Período entre el 1° de abril al 20 de abril.
  • 2do. trimestre. Período desde el 1° de julio al 20 de julio.
  • 3er. trimestre. Período entre el 1° de octubre y el 20 de octubre
  • 4to. trimestre. Período del 1° de enero al 20 de enero.

En los tres primeros períodos solo puedes utilizar tu saldo a favor para compensar las liquidaciones de los períodos siguientes.

Será en el último período (1/enero al 20/enero) de presentación del instrumento 303, uno de los modelos a presentar a final de año,que podrás solicitar la devolución del IVA. Solo en caso de seguir presentando un exceso de deducciones en la autoliquidación.

¿Cómo solicitar la devolución del IVA?

La solicitud del IVA es un procedimiento sencillo. En el último período de declaración (4to. trimestre), si el modelo 303 muestra un resultado negativo en su casilla 71, solo tendrás que seleccionar la casilla de devolución e indicar el nro. de cuenta bancaria en la que deseas que Hacienda realice el depósito.

El titular de la cuenta bancaria debe ser la empresa que realiza la declaración, o tú, en el caso de que seas autónomo.

¿Cuándo solicitar la devolución del IVA con una declaración mensual?

La declaración del IVA es trimestral, aunque algunas empresas o autónomos deciden, voluntariamente, presentarla de forma mensual. Exceptuando a las empresas exportadoras que pertenecen al régimen de autoliquidación mensual de manera automática.

Para realizar la solicitud de devolución mensual del IVA, debes:

  • Inscribirte en el Régimen Especial de Devolución Mensual REDEME. La solicitud de inscripción se presenta solo en el mes de noviembre.
  • Presentar de forma telemática las liquidaciones mensuales del IVA (modelo 303).
  • Llevar los registros del IVA mediante la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT.

Si realizas las declaraciones del IVA de manera mensual, la solicitud de devolución puedes realizarla entre el 1° y el 20 del mes siguiente al de la autoliquidación con saldo negativo.

¿Cuándo recibirás la devolución del IVA?

Ante una solicitud de devolución del IVA, Hacienda examina de forma exhaustiva las facturas emitidas y las deducciones presentadas para contrastarlas con la información que guarda en su registro.

Suponiendo que todo esté en orden, Hacienda deberá realizar la devolución dentro de los seis meses después de la solicitud. En caso de que necesite comprobar la información y te soliciten nuevas pruebas o documentos, entonces, el tiempo puede alargarse.

¿Cómo termina el procedimiento de devolución del IVA?

El procedimiento de devolución del IVA comienza cuando realizas la solicitud a través de la autoliquidación correspondiente con saldo negativo. Después la agencia tributaria procede a la revisión de documentos y antecedentes.

Para dar por terminado el procedimiento pueden ocurrir uno de estos tres casos:

Hacienda reconoce la devolución

Habiendo cumplido con todos los requisitos y plazos, el procedimiento puede terminar con un acuerdo en el que Hacienda reconoce la devolución que has solicitado.

Esta decisión te es notificada con la recepción de la transferencia bancaria o, en algunos casos, con la entrega del cheque.

Por supuesto, que Hacienda haya reconocido la solicitud o que haya realizado la transferencia no le impedirá poder investigar o comprobar el procedimiento posteriormente.

Caducidad del procedimiento

En casos de paralización del procedimiento por causa de la empresa/autónomo solicitante, Hacienda puede declarar la caducidad del proceso.

Al producirse la paralización, Hacienda le otorgará al solicitante un plazo de 3 meses para su actuación. Transcurrido ese tiempo, sin respuesta del solicitante, el proceso caducará.

Comienzo de un procedimiento para la verificación de datos

De acuerdo a la revisión o al monto solicitado en la devolución del IVA, existe la probabilidad de que Hacienda realice una inspección para la verificación de datos. En cuyo caso debes presentar toda la documentación y registro ordenado.

Pero, sea para una inspección o para realizar la declaración de IVA y otros impuestos, siempre debes mantener el registro contable en orden y correcto. Y esto no solo es importante para un negocio, también es obligatorio. 

Las facturas y los libros de registro deben contener la información correcta y estar impolutos. Además, la contabilidad debe llevarse al día, tanto para poder cumplir con las obligaciones fiscales como para tener el conocimiento y el control de los movimientos empresariales.

Para asesorarte en las obligaciones tributarias y llevar la contabilidad, puedes contactarnos. En Privantia trabajamos para velar por tu empresa e intereses, somos un equipo de profesionales especializados en asesoría fiscal y laboral.