A medida que tu negocio crece, es posible que estés planteándote ampliar la plantilla contratando a un trabajador. Este procedimiento, que parece sencillo en grandes empresas que cuentan con un departamento administrativo, puede resultar algo complejo las primeras veces. En esta publicación queremos darte la solución para que puedas hacerlo tú mismo, no sin recordarte que podemos ayudarte a crecer tu negocio en materia de asesoría laboral.
Alta de trabajador en una empresa
Dar de alta a un empleado en una empresa es una tarea administrativa que consiste en una relación de Seguridad Social que vincula al empleado con la empresa (persona jurídica) que contrata sus servicios.
Para dar de alta al nuevo empleado el empresario deberá aportar, además de los datos del mismo (nombre y apellidos, DNI, domicilio) y los de la empresa (nombre, número de cuenta, régimen de la Seguridad Social) la información del contrato (duración del mismo, fecha de inicio contractual y la categoría profesional asignada al trabajador).
¿Quién debe solicitar el alta de un trabajador a la Seguridad Social?
El empresario debe ser quien presente el alta del trabajador a la tesorería de la Seguridad Social.
Para ello, debe tramitar el modelo TA2/S a través del sistema RED (es necesario disponer de una autorización para poder operar a través de RED) o bien por Sede Electrónica. Es, por lo tanto, imprescindible disponer de un certificado electrónico válido.
¿Cuánto tiempo lleva en dar de alta a un trabajador?
Previo a comenzar a realizar la actividad laboral acordada entre empresario y trabajador, el primero debe notificar en la Seguridad Social el alta del nuevo trabajador.
En caso de no haber dado de alta previamente al trabajador las altas presentadas solo tendrán efecto desde el día en que se formula la solicitud.
¿Qué me puede pasar si no doy de alta a un trabajador?
Como hemos comentado anteriormente, es obligación del empresario dar de alta a un trabajador en la tesorería de la Seguridad Social, y debe hacerlo antes de que el trabajado comience su actividad contractual con la empresa.
En caso de no formalizar el contrato con el empleado, eludiendo a la Seguridad Social el alta de alguno de sus trabajadores, no solo se estará perjudicando al empleado, pues no constará como cotizado el tiempo trabajado, esta acción es sancionable y en caso de pasar una inspección de trabajo y detectar que hay empleados sin dar de alta en la tesorería de la Seguridad social puede acarrear un delito penal para el empresario.